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Artículo 2: Libre desarrollo de la personalidad

Filósofo Albert Kitzler: El marco para encontrar el propio centro.

Albert Kitzler, 23.04.2019
Albert Kitzler es filósofo y jurista
Albert Kitzler es filósofo y jurista © Gerhard Kassner

El artículo 2 de la Ley Fundamental me recuerda dos frases que fueron de existencial importancia en mi vida. Una frase dice que el incansable impulso creativo de Goethe tenía su origen en un "impulso de aprendizaje constante, dirigido hacia adentro y hacia afuera", profundamente arraigado en su personalidad. Para Goethe, la educación era una expansión del conocimiento y, simultáneamente, la formación de su propia personalidad. Era la culminación de su personalidad. Desde entonces relaciono con ello la idea de una existencia plena y feliz. Se convirtió en la máxima de mi vida.

Toda persona tiene el derecho al libre desarrollo de su personalidad siempre que no viole los derechos de otros
Ley Fundamental de la República Federal de Alemania, artículo 2

La segunda frase apunta en la misma dirección y viene del poeta griego Píndaro, que escribió hace 2.500 años: "Llega a ser quien eres sobre la base de la experiencia". La frase combina la idea de la educación con la personalidad única de cada persona y señala que esta sólo puede madurar en interacción constante con la actividad práctica y las experiencias adquiridas. Solo así podemos acceder a nosotros mismos, a nuestro centro, a la seguridad dentro de nosotros mismos.

Recorrí un largo camino con varias bifurcaciones, curvas y aparentes desvíos para cumplir con la palabra de Píndaro. Un fin de ese viaje no está a la vista. Y parece que el verdadero destino del ser humano es avanzar con la mente abierta y conservando la curiosidad, en un proceso en el que me redescubro permanente a mí mismo y al mundo.

El Estado debe abrir tantos campos de desarrollo de la personalidad como sea posible a tantas personas como sea posible.
Dr. Albert Kitzler, filósofo y jurista

Lo que hace posible ese progreso es en primer lugar el derecho fundamental al “libre desarrollo de la personalidad”. “Libre” significa que cada individuo debe ser el timonel de su vida interior y exterior y determinar por sí mismo hacia dónde lo llevará su viaje. Tarea del Estado es crear las mejores condiciones marco y las mejores bases económico-sociales posibles para ello. El Estado debe abrir tantos campos de desarrollo de la personalidad como sea posible a tantas personas como sea posible, para que puedan realizar su potencial y encontrar así su felicidad. En ese sentido, sin embargo, el Estado tiene limitaciones fácticas y económicas.

Ninguna libertad es incondicional e ilimitada. Dentro de esos límites, sin embargo, cada uno puede hacer florecer su personalidad y convertirse así en lo que es. Por supuesto, sólo puede hacerlo cuando el Estado le concede un derecho fundamental al desarrollo personal independiente, como lo hace el apartado 1 del artículo 2 de la Ley Fundamental alemana.

“Cuando un ser humano no puede realizar su naturaleza: eso es infelicidad”. Zhuangzi, (aprox. 365-290 a. D. C., filósofo chino)

Ley Fundamental de la República Federal de Alemania, artículo 2

(1) Toda persona tiene el derecho al libre desarrollo de su personalidad siempre que no viole los derechos de otros ni atente contra el orden constitucional o la ley moral.

(2) Toda persona tiene el derecho a la vida y a la integridad física. La libertad de la persona es inviolable. Estos derechos sólo podrán ser restringidos en virtud de una ley.

Aquí encuentra Ud. la Ley Fundamental de la República Federal de Alemania traducida al español

© www.deutschland.de

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